Pues se administra a las mujeres Rh negativas, que no están sensibilizadas, fundamentalmente en las siguientes situaciones:
- En aquellos casos de abortos o embarazos ectópicos de más de 8 semanas de gestación.
- Cuando realizamos procedimientos invasivos como son la amniocentesis, la biopsia corial o la cordocentesis, es decir cuando atravesamos la barrera placentaria.
- Siempre en torno a la semana 28ª del embarazo y tras comprobar que no se ha producido una sensibilización.
- Después del parto en aquellos casos que el recién nacido sea Rh positivo. Es importante, recordar a nuestras oyentes que tras el parto, si el recién nacido es Rh negativo no es necesaria la administración de la gammaglobulina.
Aplicando estrictamente todas estas recomendaciones es muy poco probable que se llegue a desarrollar una isoinmunización, una sensibilización por el factor Rh.